NOVEDADES DEL PERMISO DE PATERNIDAD PARA AUTÓNOMOS
El 1 de abril de 2019 entró en vigor el Decreto Ley de Medidas Urgentes Para La Igualdad, y hoy en RAMA Asesores, os informaremos sobre las novedades que contiene este decreto en lo referente al permiso por paternidad de los trabajadores autónomos.
Todos los autónomos que sean padres o vayan a serlo, deben saber que a partir del 1 de abril tendrán derecho a bonificaciones en su cuota mensual a la Seguridad Social, y a ayudas para conciliar la actividad por cuenta propia con la incorporación del nuevo miembro familiar.
¿Cuáles son los cambios relativos al permiso de paternidad?
El Consejo de Ministros del 1 de marzo del 2019 aprobó la ampliación de la duración del permiso de paternidad de cinco a ocho semanas, cambio que entró en vigor el 1 de abril.
También aprobó que este permiso aumente a 12 semanas a partir del 1 de enero del 2020, y a 16 semanas desde el primer día del 2021, alcanzando en tres años la media que tienen los países de la UE.
Los beneficios del permiso de paternidad serán aplicables tanto al nacimiento de un hijo biológico, como a otras alternativas como el acogimiento o la adopción.
- Permiso de paternidad 8 semanas por nacimiento
Las dos primeras semanas de baja paternal son obligatorias y deben disfrutarse justo después del parto. Las restantes 6 semanas podrán ser disfrutadas cuando el padre decida, ya sea de forma consecutiva a las dos anteriores, o en cualquier momento durante el primer año de vida del bebé.
Este permiso de paternidad de 8 semanas es intransferible, por lo que, si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.
Las madres por otro lado, tienen un permiso de maternidad de 16 semanas. Las seis primeras semanas son también obligatorias después del parto. Las 10 semanas restantes se deben también tomar de forma consecutiva a las seis anteriores o durante los primeros doce meses de vida del bebé.
Las madres podrán ceder cuatro de sus semanas al otro progenitor. Con esta medida se marca una diferencia con la normativa anterior en la que se podían transferir hasta diez semanas de permiso de la madre.
- Permiso de paternidad por adopción o acogimiento
En el caso de adopción o acogimiento, cada progenitor dispondrá de un periodo de suspensión de 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después de la resolución judicial.
Además de esas 6 semanas de disfrute obligatorio, los progenitores podrán disponer de un total de 12 semanas de disfrute voluntario que deberán disfrutar de forma ininterrumpida dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial.
Cada progenitor podrá disfrutar individualmente de un máximo de 10 semanas sobre las 12 semanas totales de disfrute voluntario, quedando las restantes sobre el total de las 12 semanas a disposición del otro progenitor.
Trámites para solicitar el permiso de paternidad como autónomo
Debes presentar en la Seguridad Social la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad
- Informe médico del parto
- Libro de familia o certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil
- Declaración de situación de actividad como autónomo
Requisitos para acceder a la baja por paternidad
Los requisitos son los siguientes:
- El autónomo debe estar dado de alta en la Seguridad Social y Hacienda, así como no tener deudas pendientes de pago con estos organismos. En el caso de encontrarse en situación irregular el autónomo dispone de 20 días para regularizar sus pagos con Hacienda y la Seguridad Social.
- Comunicar a la seguridad social, el derecho de la baja de paternidad, en un plazo máximo de 15 días.
- El periodo mínimo de cotización será de al menos 180 días en los últimos 7 años, o bien de 360 días a lo largo de toda su carrera laboral.
¿Cuánto percibe el autónomo durante el permiso de paternidad?
Durante el permiso por paternidad, el autónomo se beneficiará de la bonificación del 100 % de la cuota de autónomos.
Durante el permiso el progenitor percibirá el 100 % de la base de cotización de los últimos 6 meses.
Para el cálculo se coge la media de cotización de los últimos 6 meses del año inmediatamente anterior a tu solicitud de baja y se divide entre 180. El resultado es el importe que se cobra por día de baja por paternidad de autónomo.
Por ejemplo, si tu base de cotización es la mínima (944,40€), recibirás 31,48 euros por día de baja efectiva.
- 944,40 euros x 6 = 5.666,4
- 5.666,4/180 = 31,48 euros/por día de baja







